Implicaciones de la IA para el mundo del trabajo
Con motivo de que el pasado 1 de agosto de 2024 entró en vigor el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, inicie una serie de artículos sobre las consecuencias de la Inteligencia Artificial (IA) para el mundo del trabajo en Europa. En la ocasión anterior (Implicaciones de la IA para el mundo del trabajo. El Reglamento de la Unión Europea), me referí a la estructura del Reglamento aprobado y al enfoque basado en el grado de riesgo que tenía cada aplicación de la IA para las personas y las organizaciones.
Los últimos datos nos dicen que una de cada tres personas trabaja en España bajo decisiones algorítmicas. Dos son los aspectos clave del uso de la IA en las empresas:
- La automatización. La IA se encarga de automatizar tareas repetitivas y flujos de trabajo, mejorando la productividad y la eficiencia de los procesos internos y liberando a las personas para que puedan centrarse en funciones y responsabilidades que generen más valor a las organizaciones.
- Soporte en la toma de decisiones: La IA analiza grandes conjuntos de datos y ayuda en la toma de decisiones. Este soporte de la IA abarca desde prever tendencias del mercado hasta optimizar la gestión de los recursos de la organización, incluido el factor humano.
Como se dijo ya en este blog, la finalidad del Reglamento Europeo es promover una IA centrada en el ser humano, fiable y que respete los derechos fundamentales de las personas frente a los efectos perjudiciales de esta tecnología.
Aunque todavía queden dos años para la plena aplicación del Reglamento, se hace necesario en las organizaciones desarrollar estrategias y acciones dirigidas a su cumplimiento en todos los aspectos -o riesgos- relacionado con el trabajo, preferentemente mediante el concurso de los representantes de los trabajadores y de la negociación colectiva.
Una cuestión que llama la atención es que todas las aplicaciones de la IA al mundo del trabajo, o de las relaciones laborales, se califican en el Reglamento Europeo como "Riesgos Inaceptables" o de "Alto Riesgo". No existen, a priori, ninguna aplicación de la IA en el ámbito laboral que se califique como "Riesgo Mínimo"; es decir, todas son catalogadas con un alto peligro potencial para los trabajadores.
Recordemos que los sistemas de IA de riesgo inaceptable son los que se consideran una amenaza para las personas y estarán prohibidos cuando entre en vigor la norma. Las actividades concretas que se podrían desplegar en las empresas y que estarán prohibidas, serán especialmente dos: la detección de las emociones en el puesto de trabajo; y el control biométrico de los trabajadores.
Asimismo, los sistemas de IA que afecten negativamente a la seguridad o a los derechos fundamentales se consideran de alto riesgo y deben ser evaluados antes de su comercialización y a lo largo de su ciclo de vida. Estos sistemas de IA se encuentran a lo largo de toda la relación laboral, desde el inicio hasta el fin. Todos los procesos internos de gestión de RRHH se ven afectados, desde la selección de personal hasta la extinción contractual, pasando por cualquier decisión algorítmica relacionada con la promoción profesional, la asignación de tareas o la supervisión/evaluación del rendimiento o del comportamiento, etc.
Las prácticas consideradas de alto riesgo se deben someter a controles y a una serie de condicionantes de obligado cumplimiento por parte de las empresas, como son:- Evaluación de impacto sobre los derechos de los trabajadores/as.
- Implantación de un sistema de Gestión de Riesgos para las personas trabajadoras.
- Supervisión humana de las decisiones que tome la IA.
- Transparencia y comunicación. Las empresas estarán obligadas a asegurar un uso apropiado de los datos personales, que eviten cualquier tipo de sesgo. También deben comprometerse a dar información previa sobre la puesta en marcha de la IA en sus procesos internos. Cualquier trabajador tiene derecho a saber si está interactuando con una IA durante su actividad laboral.
- Alfabetización digital de la plantilla relacionada con el uso de la IA. Esta formación será coherente con el rol de cada trabajador; usuario, supervisor, etc.
Como conclusión, el periodo de carencia de dos años que se establece en el Reglamento Europeo puede permitir a las organizaciones desarrollar, mediante la participación de los trabajadores y sus representantes, acciones dirigidas a la mejora de la eficiencia y productividad de los procesos implicados en el desarrollo de la IA sin merma para los derechos laborales o las condiciones de trabajo.
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Para saber más...
Reglamento de la UE 2024/1689, de Inteligencia Artificial (texto en castellano)
Ferrio, J. V. (2024, julio 17). Reglamento europeo de IA: Cuán largo me lo fiais. ElDiario.es.
"Reglamento de Inteligencia Artificial: el Consejo da luz verde definitiva a las primeras normas del mundo en materia de inteligencia artificial" Consejo de la Unión Europea. Comunicado de prensa 21 mayo 2024
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